Trámite 21- Registro de Acta

Documento referente a las deliberaciones y acuerdos establecidos en los órganos de administración y/o decisión de la Sociedad Comercial.

D.L. No. 14379 de 25 de febrero de 1977, Código de Comercio:

Artículos. 29 núm. 11, 288, 299 y 301

Resolución Ministerial MDPyEP/DESPACHO/N.° 146/2020 de fecha 20 de julio de 2020

REQUISITOS TRÁMITE PRESENCIAL

  1. Formulario Virtual de Registro con carácter de declaración jurada, debidamente llenado por el Representante Legal con aprobación vía ciudadanía digital.
  2. Copia Notariada del Acta, en original o fotocopia legalizada legible.
  3. En el caso de Sociedades Anónimas y Entidades Financieras (E.F.V.), realizar la publicación en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio de Bolivia de la Convocatoria correspondiente conforme a lo establecido en el Artículo 288 del Código de Comercio, salvo el caso establecido en el Artículo 299 del mismo cuerpo legal.
  4. Realizar el pago correspondiente a través de la plataforma de pagos habilitada al efecto
  5. Contar con la Matrícula de Comercio renovada.

 

REQUISITOS TRÁMITE VIRTUAL

  1. Formulario Virtual de Registro con carácter de declaración jurada, debidamente llenado por el Propietario o Representante Legal con aprobación vía ciudadanía digital.
  2. Obtener Copia Notariada del Acta, en formato PDF, con firma digital del Notario de Fe Publica, del SINPLU.
  3. En el caso de Sociedades Anónimas y Entidades Financieras (E.F.V.), realizar la publicación en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio de Bolivia de la convocatoria correspondiente conforme a lo establecido en el Artículo 288 del Código de Comercio, salvo el caso establecido en el Artículo 299 del mismo cuerpo legal.
  4. Realizar el pago correspondiente a través de la plataforma de pagos habilitada al efecto.

Contar con la Matrícula de Comercio renovada.

PROCEDIMIENTO TRÁMITE PRESENCIAL

Ingresar al portal web https://tramites.seprec.gob.bo con credenciales de acceso del Representante Legal, vía ciudadanía digital.

Llenar todos los campos del Formulario Virtual de Registro y cargar el/los documentos de soporte según corresponda, y realizar el pago a través de la plataforma de pagos habilitada al efecto.

Realizado el pago, el usuario se apersona a Plataforma de Atención Integral al Usuario para presentar la documentación requerida.

Una vez concluido el proceso, el Registro de Comercio realiza el análisis legal y si corresponde se registra el trámite. En caso de existir observaciones, las mismas pueden ser visualizadas en el portal de Trámites del SEPREC en la bandeja de “OBSERVADOS” en la que claramente se determinan las razones por las que el mismo ha sido observado.

Cuando la observación corresponda a los documentos notariales, podrá subsanar mediante alguna de las siguientes opciones:

  • Cargar en formato PDF el Documento Notarial, subsanado mediante nota marginal.
  • Cargar en formato PDF el nuevo Documento Notarial que subsane lo observado.

En todos los casos deberá presentar la documentación en físico en Plataforma.

Si la observación corresponde al Formulario Virtual, la corrección se debe realizar en línea y posteriormente apersonarse por plataforma para su reingreso o solicitarlo mediante la línea gratuita de atención al usuario del SEPREC.

Posteriormente se procederá al análisis legal para su registro u observación según corresponda.

El usuario podrá obtener sus certificados, descargando los mismos desde la bandeja «MIS CERTIFICADOS» del Portal de Trámites del SEPREC.

 

PROCEDIMIENTO TRÁMITE VIRTUAL

Ingresar al portal web https://tramites.seprec.gob.bo con credenciales de acceso del Propietario o Representante Legal, vía ciudadanía digital .

Llenar todos los campos del Formulario Virtual de Registro y obtener el/los documentos de soporte del SINPLU, según corresponda y realizar el pago a través de la plataforma de pagos habilitada al efecto.

Una vez concluido el proceso, el Registro de Comercio realiza el análisis legal y si corresponde se registra el trámite. En caso de existir observaciones, las mismas pueden ser visualizadas en el portal de Trámites del SEPREC en la bandeja de “OBSERVADOS” en la que claramente se determinan las razones por las que el mismo ha sido observado.

Cuando la observación corresponda a los documentos notariales, podrá subsanar mediante alguna de las siguientes opciones:

  • Obtener en formato PDF el Documento Notarial con firma digital del Notario de Fe Pública, subsanado mediante nota marginal.
  • Obtener en formato PDF el nuevo Documento Notarial con firma digital del Notario de Fe Pública, que subsane lo observado.

Si la observación corresponde al Formulario Virtual, la corrección se debe realizar en línea para su reingreso.

Posteriormente se procederá al análisis legal para su registro u observación según corresponda.

El usuario podrá obtener sus certificados, descargando los mismos desde la bandeja «MIS CERTIFICADOS» del Portal de Trámites del SEPREC.

Certificado de Registro de Acta (Con código de validación QR).

Presencial: 24 horas desde el día siguiente hábil a la fecha de su presentación en Plataforma.

Virtual: 24 horas desde el día siguiente hábil a la fecha de su pago.

Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Colectiva y Sociedad Comandita Simple: Bs136,50 (Ciento treinta y seis 50/100 bolivianos).

Sociedad Anónima, Sociedad Anónima Mixta y Sociedad en Comandita por Acciones, Entidad Financiera de Vivienda, Sociedad Constituida en el Extranjero:

Bs175,00 (Ciento setenta y cinco 00/100 bolivianos).

6786 6784 6782 6780 6778 6776 6774 6772 6770 6768 6788 6763 6753