SEPREC RECUERDA A EMPRESAS INDUSTRIALES, PETROLERAS Y DE CONSTRUCCIÓN RENOVAR SU MATRÍCULA DE COMERCIO ANTES DEL 31 DE AGOSTO

(Prensa SEPREC, 25.07.24) – El Servicio Plurinacional de Registro de Comercio (SEPREC), dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, recuerda a las empresas unipersonales y sociedades comerciales de los sectores industrial, petrolero y de construcción que el plazo para renovar su Matrícula de Comercio vence el 31 de agosto de 2024. Este trámite es obligatorio para aquellas empresas con cierre fiscal al 31 de marzo.

Mantener la Matrícula de Comercio renovada proporciona varias ventajas significativas. En primer lugar, asegura la visibilidad de la empresa a través del “Directorio de Unidades Económicas” en el portal web de SEPREC (www.seprec.gob.bo), lo que contribuye a la reputación y a la presencia en el mercado. Además, contar con una matrícula actualizada facilita el acceso a créditos bancarios, ya que las entidades financieras prefieren trabajar con empresas que cumplen con las normativas vigentes. También ofrece seguridad jurídica al proporcionar un marco legal sólido que protege a la empresa frente a posibles disputas.

La renovación de la matrícula de comercio es fundamental para el cumplimiento legal y para demostrar transparencia ante clientes y socios comerciales. Exhibir la Matrícula de Comercio renovada de manera visible refuerza la confianza en el negocio y asegura que la empresa esté en conformidad con las leyes.

El Director General Ejecutivo, Álvaro Sepúlveda, remarcó que, el procedimiento de renovación se realiza de manera 100% virtual, facilitando el proceso para las empresas. La correcta renovación y exhibición de la Matrícula de Comercio no solo asegura el cumplimiento legal, sino que también fortalece la imagen y la confianza en el negocio.

Para realizar el trámite, las empresas deben completar un formulario electrónico disponible en la página web de SEPREC www.seprec.gob.bo. También deben adjuntar el Balance General y el Estado de Resultados con constancia de presentación (sello en EEFF o formulario 500 o 605) ante el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN). Adicionalmente, las empresas del sector de Industria Manufacturera deben llenar la Encuesta Anual de Unidades Económicas, como parte del procedimiento del Trámite N° 10 “Renovación de Matrícula de Comercio”.

Las empresas con cierre fiscal al 31 de marzo que no completen la renovación de su Matrícula de Comercio antes del 31 de agosto de 2024 están sujetas a sanciones y multas impuestas por la Autoridad de Fiscalización de Empresas (AEMP). La falta de renovación en el registro no solo pone en riesgo la validez operativa de la empresa, sino que también puede acarrear consecuencias financieras. La AEMP tiene la autoridad para imponer estas penalidades con el fin de asegurar el cumplimiento de las normativas comerciales, por lo que es fundamental que las empresas realicen este trámite a tiempo para evitar repercusiones adversas.

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