En la fecha se advirtió la publicación de un artículo de opinión en la edición impresa y digital del periódico El Deber, correspondiente a la fecha 04 de mayo de 2022, titulada Un mes del Seprec…, de la abogada Olga Isabel Villarroel, en la que existen algunas imprecisiones en los datos expuestos.
Al respecto, el sistema del SEPREC fue diseñado y desarrollado por la AGETIC y actualmente otorga el soporte técnico, desde donde se atienden las necesidades de información y registro de las Unidades Económicas.
Para el diseño e implementación del Portal de Servicios se ha tomado como punto de partida la experiencia previa del usuario, tanto de manera general en su interacción con diferentes sitios y portales web de toda índole y de manera específica se consideró la experiencia ofrecida por entidades de Registro de Comercio de la región, además de los antecedentes del portal de la exconcesionaria.
Respecto al Portal de Trámites, desde el cual se gestionan los trámites de una Unidad Económica, desde cualquier tipo de dispositivo se pueden realizar trámites con y sin Ciudadanía Digital, en el caso de los trámites con Ciudadanía, las Unidades Económicas tienen a disposición los distintos formularios de solicitud y un conjunto de bandejas que agrupan los trámites de acuerdo a su estado, de esta manera, a medida que un trámite atraviesa las diferentes etapas en su ciclo de vida, las unidades económicas pueden realizar las acciones de solicitud de nuevos trámites, corrección de los que fueron observados, seguimiento de los que se encuentran en curso y consulta de aquellos que fueron inscritos con sus respectivos certificados y facturas. Para el caso de los trámites sin Ciudadanía Digital, el sistema gestiona los formularios de solicitud a través de un correo electrónico al cual se remiten los certificados y/o matrículas de comercio correspondientes.
En el caso de la exconcesionaria, la mayoría de los trámites se gestionaban de forma manual o en papel y contaba con un portal únicamente para trámites virtuales.
Ante ello, podemos informar que hubo cambios importantes entre los servicios que prestaba la exconcesionaria y los que actualmente presta el SEPREC como:
– La incorporación de Ciudadanía Digital, es un mecanismo único de identificación, conforme la Ley 1080 que tiene por objeto establecer las condiciones y responsabilidades para el acceso pleno y ejercicio de la ciudadanía digital en el Estado Plurinacional de Bolivia, que es aplicable para todas las ciudadanas y los ciudadanos, entidades públicas y privadas que presten servicios públicos delegados por el Estado, en todos los Órganos y niveles de gobierno, aclarando que no es un requisito del Registro de Comercio.
– La interoperabilidad, conforme a lo establecido en la Ley 779 que tiene por objeto establecer mecanismos para asegurar la desburocratización de trámites y procedimientos en la creación y funcionamiento de Unidades Económicas. Actualmente el SEPREC interopera con entidades como el SEGIP y el SIN, entre otras, que permite contar con datos más confiables, además de la verificación de la identidad de los solicitantes, representantes legales y propietarios en el caso de trámites presenciales, evitando de esta manera la presentación de fotocopias de documentos.
– Así también, es importante señalar que en un futuro próximo el SEPREC se integrará con el sistema SINPLU que permitirá, mediante mecanismos de interoperabilidad, contar con los documentos notariales que soportan los distintos trámites del Registro de Comercio; en este sentido, la gran mayoría de los trámites llegarán a ser virtuales con la expectativa de cubrir al 100% aquellos. Cabe aclarar que la integración del sistema del SEPREC con el SINPLU no requiere afectar a las Unidades Económicas con el uso y costos relacionados a la Firma Digital, dado que los documentos soporte estarán firmados digitalmente por los Notarios de Fe Pública.
No obstante, también es importante mencionar que tanto la fiabilidad como la calidad del servicio que pueda ofrecer el Registro de Comercio depende en gran medida de la completitud y fiabilidad de los datos históricos transferidos por la exconcesionaria, en este sentido, más de una vez se puso en evidencia que los datos que se migraron no siempre cumplieron con cualidades de completitud y consistencia; por tanto, el SEPREC, en virtud al Decreto Supremo 4596 cumple con la atención al usuario resolviendo los trámites pendientes y observados transferidos por la exconcesionaria; asimismo, administrando los actos propios del Registro de Comercio, por lo cual todas sus actividades, hacen fe, tienen validez legal y surten todos los efectos jurídicos dentro del territorio boliviano.
Desde el 01 de abril a la fecha se han atendido más de 15.000 trámites y a 18.970 usuarios en las 14 plataformas que tenemos distribuidas en todo el territorio nacional.
Por último, Olga Isabel Villarroel, quién escribió el artículo de opinión en el periódico El Deber, es exfuncionaria de FUNDEMPRESA que trabajó en las gestiones 2017 y 2019 cuya observación al sistema del SEPREC no es objetiva y no tiene sustento, ya que tiene una posición parcializada.